RESOLUCIÓN NÚMERO 0818 16 MAR. 1993
Por la cual se modifica la Resolución No. 0707 de Marzo 30 de 1992
EL SUBDIRECTOR OPERATIVO DE LA DIRECCION
DE ADUANAS NACIONALES
en uso de las facultades conferidas por el artículo 48 literal b) del Decreto 2117 de Diciembre 29 de 1992, y
CONSIDERANDO
Que la Subdirección Operativa de la Dirección General de Aduanas, (hoy Dirección de Aduanas Nacionales), mediante Resolución No. 0707 de Marzo 30 de 1992, autorizó a la empresa AEROVIAS ESPECIALES DE CARGA LTDA "AVESCA", para realizar operaciones de cabotaje aduanero entre las distintas Aduanas del País, y a su vez inscribió, unas aeronaves al servicio de la citada empresa.
Que mediante Resolución No. 1145 de Junio 5 de 1992, se modificó el Artículo Segundo de la Resolución No. 0707 de Marzo 20 de 1992, en el sentido de ampliar el plazo de inscripción de la aeronave de matrícula HK-3559 hasta el día 6 de Febrero de 1992.
Que mediante Resolución No. 1589 de Julio 22 de 1992, se aclaró el Artículo Primero de la Resolución No. 1145 de Junio 5 de 1992, en el sentido de inscribir hasta el 6 de Febrero de 1993 una aeronave al servicio de la empresa AEROVIAS ESPECIALES DE CARGA LTDA "AVESCA"
Que mediante oficio, radicado bajo el No. 003790 de Febrero 18 de 1992, el señor CARLOS FERNANDO GAONA, Representante Legal de la empresa AEROVIAS ESPECIALES DE CARGA LTDA "AVESCA", solicitó a la Dirección de Aduanas Nacionales, la inscripción de la aeronave de matricula HK-3770-X, Marca Boeing, Modelo 727-100, Serie 19242, para realizar operaciones de Cabotaje Aduanero dentro del territorio nacional para lo cual anexo fotocopia autenticada del Certificado de Aeronavegabilidad No. 04472, con vigencia a Septiembre 3 de 1993, expedido por el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.
Para resolver se considera :
El Artículo 132 del Decreto 2666/84 establece : "Matrícula y control de naves y aeronaves. Las naves y aeronaves destinadas a este Régimen deberán estar matriculadas ante las respectivas autoridades nacionales conforme a las Normas del Código de Comercio, e inscritas y autorizadas por la Dirección General de Aduanas" (hoy Dirección de Aduanas Nacionales).
El Artículo Quinto de la Resolución No. 0707 de Marzo 30 de 1992, establece : Exigir solicitud escrita en caso que AEROVIAS ESPECIALES DE CARGA LTDA "AVESCA", requiera aumentar, disminuir o cambiar aeronaves de las autorizadas en el Artículo anterior, la cual debe ser elevada por el Representante Legal debidamente acreditado, adjuntando fotocopia autenticada del Certificado de Aeronavegabilidad que expide el Departamento Administrativo de Aeronautica Civil.
En mérito de lo expuesto el Subdirector Operativo de la Dirección de Aduanas Nacionales,
RESUELVE :
ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la Resolución No. 0707 de Marzo 30 de 1992, en el sentido de inscribir la aeronave que se relaciona a continuación para prestar el servicio de Cabotaje Aduanero hasta la fecha de vencimiento del certificado de aeronavegabilidad.
Las caracteristicas de la aeronave son las siguientes:
MATRICULA MARCA MODELO SERIE NO CERT FECHA VENC.
AERONAVEG. CERTIFICADO
HK-3770-X BOEING 727-100 19242 04472 03- SEPT- 93
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notifíquese la presente Providencia al Representante Legal de la empresa "AEROVIAS ESPECIALES DE CARGA LTDA "AVESCA", conforme a lo previsto en los artículos 98 y siguientes del Decreto 1909/92, advirtiéndole que contra la presente procede el Recurso de Reposición ante el Subdirector Operativo de la Dirección de Aduanas Nacionales, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.
En firme esta providencia remitase copia por intermedio de la División de Servicios Generales a las Administraciones de Aduanas del País.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, a los 16 MARZ. 1993
OLGA LUCIA GONZALEZ PARRA
SUBDIRECTOR OPERATIVO