Decreto 2225 de septiembre 27 de 1991

Por el cual se modifica el Decreto 1144 de Mayo 31 de 1990

CONTENIDO

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

en uso de las facultades que le confiere el numeral 25 del

Artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 6a. de 1971, en concordancia con lo dispuesto en las Leyes 7a y 9a de 1991 y con el Decreto 1173 de Mayo 6 de 1991.

DECRETA

Artículo 1o.

El artículo 10 del Decreto 1144 de Mayo 31 de 1990 quedará así: "lo dispuesto en el presente Decreto rige también para exportaciones de café".

Artículo 2o.

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación para exportaciones de café cuyo embarque se avise para el mes de Octubre de 1991 y siguientes, según el anuncio de venta correspondiente, y deroga las disposiciones que le sean contrarias. En consecuencia, las exportaciones con embarques anunciados para el mes de Septiembre de 1991 y anteriores, se sujetarán íntegramente a las normas que rijan con anterioridad a este Decreto.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 27 de Septiembre de 1991

HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO

Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

ERNESTO SAMPER PIZANO

Ministro de Desarrollo Económico